Importancia de los Consejos Consultivos de Publicidad en productos de salud infantil
Por: Miguel Ortiz Martínez
Presidente del Instituto Mexicano de Publicidad Médica y Sanitaria A.C.
Tabla de Contenidos
Resumen Ejecutivo
La publicidad de productos para la salud (OTC, suplementos y vitamínicos) dirigida al público infantil conlleva riesgos inherentes debido a la inmadurez cognitiva del menor para procesar mensajes persuasivos.
Objetivo: Analizar la importancia de la integración de un consejo consultivo de publicidad (interno o externo) como mecanismo de blindaje ético y legal en empresas del sector salud.
Desarrollo: La normativa mexicana (Art. 79 RLGSMP) prohíbe inducir conductas de riesgo o manipular la credulidad infantil. Sin embargo, estrategias indirectas en redes sociales a menudo vulneran estos principios. La implementación de un Consejo Consultivo permite filtrar contenidos antes de su difusión, asegurando el cumplimiento normativo y protegiendo la reputación corporativa.
Abstract: Advertising of health products (OTC, supplements, and vitamins) directed at children carries inherent risks. The implementation of an Advertising Advisory Council allows content to be filtered before dissemination, ensuring regulatory compliance and protecting corporate reputation.
Introducción: El mercado infantil y la regulación
El mercado de productos para la salud de venta libre (OTC) y suplementos alimenticios ha encontrado en la población infantil un nicho de influencia indirecta significativo. Aunque el menor no posee capacidad de compra directa, ejerce un «poder de pester» (insistencia) sobre sus cuidadores.
Sin embargo, desde una perspectiva bioética y legal, el niño es un sujeto vulnerable que carece de las herramientas cognitivas para distinguir entre información sanitaria veraz y persuasión comercial.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) ha endurecido la vigilancia sobre este segmento, dado el riesgo de que productos como vitaminas o suplementos sean percibidos erróneamente como golosinas. En este contexto, la figura del consejo consultivo de publicidad —ya sea como órgano interno de la empresa o consultoría externa— emerge como una pieza fundamental para la sostenibilidad del negocio y para evitar crisis reputacionales o sanciones económicas graves.
Vulnerabilidad Cognitiva y Marco Legal
El Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad (RLGSMP) establece restricciones claras. El artículo 32 prohíbe asociar productos con conductas de riesgo o manipular la inexperiencia del menor.
Específicamente en productos de salud, está vetado sugerir que su consumo es un factor determinante para el éxito social o escolar. El riesgo invisible radica en la dosis y la percepción: una campaña que presenta un medicamento OTC con estética de «dulce» puede inducir a una ingesta accidental tóxica. Aquí es donde la ley actúa de manera punitiva, pero la responsabilidad empresarial debe ser preventiva.
El Rol Estratégico del Consejo Consultivo de Publicidad
Un consejo consultivo de publicidad es un órgano colegiado, idealmente multidisciplinario (médicos, abogados, mercadólogos), encargado de auditar las campañas antes de su lanzamiento. Su función no es limitar la creatividad, sino alinearla con la normativa sanitaria.
Las funciones clave de este consejo incluyen:
- Validación Técnica: Asegurar que las afirmaciones («fortalece defensas», «mejora el crecimiento») tengan sustento científico comprobable (Art. 6 del RLGSMP).
- Filtro Ético: Evaluar si el mensaje respeta la dignidad del niño y no explota su credulidad.
- Protección de Marca: Evitar «greenwashing» o «healthwashing» que pueda ser denunciado por consumidores o competidores.
Publicidad Indirecta y Nuevos Medios
La publicidad ya no se limita a la televisión. En plataformas digitales, «Influencers» infantiles (kidfluencers) que muestran el consumo de gomitas o jarabes sin las advertencias de ley representan un área gris de alto riesgo. Un consejo consultivo de publicidad externo especializado ofrece la ventaja de la imparcialidad, detectando «cegueras de taller» que los equipos de marketing internos podrían pasar por alto.
Conclusiones y Recomendaciones
La integración de un Consejo Consultivo es un imperativo ético y financiero. Se concluye que:
- La prevención es más rentable que la corrección legal.
- La publicidad dirigida a niños debe priorizar la función educativa sobre la persuasiva.
- Las empresas deben transitar del cumplimiento mínimo a la excelencia ética para proteger al paciente pediátrico.
Referencias Bibliográficas
- Organización Panamericana de la Salud. Regulación de la comercialización de alimentos y bebidas dirigida a niños. Washington, D.C.: OPS; 2021.
- Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Guía de publicidad para influencers y creadores de contenido. México: Gobierno de México; 2024.
- Secretaría de Salud. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad. Diario Oficial de la Federación [Internet]. 2022 [citado 2025 dic 16].
- Academia Mexicana de Pediatría. Posicionamiento sobre la publicidad de productos milagro en población infantil. México: AMP; 2023.
- Consejo de Ética y Transparencia de la Industria Farmacéutica (CETIFARMA). Código de Buenas Prácticas de Promoción. México: CETIFARMA; 2022.
- Herrero-Diz P, Sánchez-Martín M. La vulnerabilidad de los menores ante la publicidad digital. Rev Comun Salud. 2023;13(1):45-56.
- Congreso de la Unión. Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Diario Oficial de la Federación. 2023.
- Procuraduría Federal del Consumidor. Publicidad engañosa dirigida a niños: marco legal. Rev Consumidor. 2023;558:10-14.
- Comisión Nacional de Mejora Regulatoria. Análisis de Impacto Regulatorio: Publicidad Infantil. México: CONAMER; 2023.
- Organización Mundial de la Salud. Comercialización de alimentos y bebidas no alcohólicas para niños. Ginebra: OMS; 2010.
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